El Tribunal Supremo rechaza quitar el subsidio de paro al que rescate su plan de pensiones

El Supremo rechaza quitar el subsidio de paro al que rescate su plan de pensiones

El Tribunal Supremo rechaza dejar sin subsidio de paro a una mujer, como sostenía el INEM, por rescatar el importe de un Plan de Pensiones. La sentencia subraya que "no cabe considerar renta o ingreso computable el importe total del Plan de Pensiones rescatado, sino que deberá considerarse como ingreso, en su caso, la plusvalía o ganancia que ha generado dicho Plan".

"Al no constar si han existido tales beneficios, plusvalías o rentas ni, en su caso, el importe de los mismos, la actora no ha cometido la infracción que el SPEE (Servicio Público de Empleo Estatal) le imputa, a saber, no comunicar la obtención de las rentas y percibir prestación por desempleo indebidamente",destaca el fallo.

De este modo el alto Tribunal cambia el criterio seguido hasta la fecha, cuando consideraba renta todo ingreso obtenido por el rescate del Plan de Pensiones, lo que hacía incompatible su cobro con el del subsidio de desempleo si estas superaban el 75% del salario mínimo interprofesional.

A partir de ahora, y como resulta más lógico, dado que el Plan de Pensiones no representa un ingreso que la persona no tuviese ya en su patrimonio, sólo cuando se obtengan plusvalías y estas representen más de los límites permitidos podrá ser suprmido el cobro del subsidio de desempleo.

FUENTE: EL ECONOMISTA

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